Proveedores
Inscripción RPROV
Cooperativas, Mutuales, Sociedades de Hecho y otros
El envío y recepción del presente formulario no implica la inscripción definitiva en el Registro de Proveedores de OSFA RPROV.
La presentación del pedido de inscripción en el RPROV facultará a OSFA a verificar la documentación presentada por el interesado y consultar su situación ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Al respecto, no debe poseer incumplimientos al momento de la solicitud
El proceso de evaluación de la documentación puede demorar hasta cinco (5) días hábiles, y se procederá a notificar su estado registral al correo electrónico declarado.
La documentación a presentar es la siguiente:
- Acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros y sus actualizaciones
- DNI (frente y dorso) o pasaporte de los socios
- Apoderados: poder suficiente vigente DNI (frente y dorso) o pasaporte del apoderado
- Constancia de Inscripción en ARCA
- Declaración Jurada de Interés, conforme lo establecido en el Decreto 202/2017
- Categorización del tamaño de la empresa (de corresponder, adjuntar certificado PYME)
- Estados Contables correspondientes al cierre del último ejercicio económico, certificados por Contador Público Nacional y con firma legalizada por el Consejo Profesional correspondiente
- Constancia de Inscripción en el SIPRO
- Formularios OSFA
Junto a la documentación enumerada adjuntar en un solo archivo:
- Habilitación del establecimiento por parte de la autoridad sanitaria jurisdiccional
- Disposición (Dispone) por el cual se reconoce al profesional que la ejerce en la actualidad
- Certificado BPF vigente
- Certificado Libre Sanción de la Autoridad Sanitaria Competente
- Número GLN o CUFE otorgado por ANMAT (Resolución MSAL 435/11 y disposiciones de la ANMAT 3683/11)
- Droguerías: certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Droguerías Habilitadas (Artículo 1° Resolución MSAL 1644/2008)
- Habilitación para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y productos médicos y de uso in vitro (Disposición ANMAT 7038/15 y 6052/13)
- De utilizar operadores logísticos: habilitación de la ANMAT (Disposición 7038/15) y GLN de estos